Ok, estoy consciente de que esta información cuesta UN MUNDO encontrarla, sobretodo de forma breve, clara y elocuente. Hace poco tuve que investigarlo para la U, y traté de hacerlo a consciencia para hacerla lo más completa posible y ser útil a la vez. Espero que a mis colegas estudiantes les sirva; ¡¡lo hice pensando en ustedes!!
Nota: si alguna vez necesitan citar este blog, soy periodista en Prensa Libre. Trabajo en Revista D (y me pueden leer los domingos :P )
----------------------------
Guatemala, visto desde el punto de vista jurídico en el presente trabajo, es un terreno conflictivo. En nuestra historia, desde 1823 –año en que nos separamos de México para conformar la República Federal de Centroamérica, hemos tenido ocho constituciones –nueve, si contamos la de Cádiz, sobre la que detallaremos más adelante.
A continuación se presenta la trayectoria del constitucionalismo guatemalteco, fuertemente influenciado por la inestabilidad política que, lamentablemente, siempre nos ha caracterizado, sobre todo en el último siglo.
1. Constitución de Cádiz de 1812
Como bien sabemos, Guatemala, tras declarar su independencia de España en 1821, no tardó en unirse a México, que para entonces era un gran imperio. No obstante, apenas dos años después, el 2 de agosto de 1823, las Provincias Unidas de Centroamérica decidieron separarse del gigante mexicano y, por ende, se hizo necesario crear una un sistema constitucional propio. Mientras esto ocurría, la región siguió adoptando la Constitución Española de Cádiz, dictada en 1812.
2. Constitución de 1824
La primera Carta Magna de la nación federal independiente se aprobó, por la Asamblea Nacional, el 22 de noviembre de 1824. En las discusiones previas de rigor se dieron diversos conflictos entre bandos ideológicos, tales como los liberales y conservadores, los federalistas y centralistas, los capitalinos y los provincianos.
Las que se consideraban novedades en aquel documento fundamental, que en realidad no lo eran tanto puesto que tenían su punto de origen en la Constitución de Cádiz de 1812, principalmente, o en la de Estados Unidos de América, reflejaban precisamente aquellas disidencias entre los diputados, producto, a su vez, de las divergencias entre partidos y provincias.
La figura jurídica del Senado, por ejemplo, originó encendidas polémicas. Dicha institución, compuesta por 10 personas, con dos representantes por cada Estado, con poder de veto y otros mecanismos contralores sobre las funciones del Ejecutivo, se estimaba, por los liberales, como un punto de equilibrio, de atenuación del poder centralizado del Presidente. Los moderados, por el contrario, consideraban que el Senado era un órgano híbrido, que, por sus ambigüedades jurisdiccionales, podía causar interferencias y aun colisiones, en relación con las funciones de los tres organismos supremos del Estado.
La Constitución, a pesar de todo esto, fue muy bien recibida en general, y generó muchas expectativas, aún cuando fue ratificada por el primer Congreso Federal y no por la Asamblea Constituyente, como era rigor. Ahora bien, entre las aportaciones que pueden abonarse a esta última, merecen destacarse las siguientes: establecimiento de los símbolos de la nación, eliminación de los impuestos de corte colonial –en especial el tributo–, legislación en función de asegurar los derechos humanos; entre otros, se buscó también la promoción de tertulias patrióticas, la mejora de la situación marginal de los indígenas, la reorganización del gobierno municipal, la Constitución de milicias populares y civiles y, con especial mención, la aprobación del decreto de abolición de la esclavitud a propuesta del diputado Simeón Cañas –acción que puso a la República en delantera a la mayoría de países del mundo.
3. Sistema Constitucional de 1839 a 1871
La persistencia de fuerzas disociadoras llevó a la crisis que ocasionó la disolución de la Federación Centroamericana –que empezó en 1838, cuando el Congreso Federal declaró que los Estados eran libres de organizarse como mejor les conviniere, y acabó prácticamente con el fusilamiento de Morazán, su caudillo más fuerte, a 21 años de la proclamación de Independencia.
A partir de entonces, todos los Estados se vieron en la necesidad de organizar sus Estados individualmente. En Guatemala, el sistema constitucional se integró por las Leyes Constitutivas aprobadas en 1839 por una Asamblea Constituyente: la Ley Constitutiva del Poder Ejecutivo, la Ley Constitutiva del Supremo Poder Judicial y la Declaración de los Derechos del Estado y sus habitantes.
4. Constitución de 1851
Es éste el período de Rafael Carrera, emblemático líder conservador que impuso como dictador desde 1851 hasta 1865, año que murió. Aun antes de su victoria definitiva ante los liberales, los dirigentes de la élite conservadora, algunos de ellos vuelto de un exilio iniciado en 1829, convocaron una nueva Asamblea Constituyente. ´
Esta última estuvo integrada, en esta ocasión, en su mayoría por clérigos y sentó las bases del régimen conservador, que se prolongó por cuatro décadas. Se dejaron sin efecto todas las reformas introducidas anteriormente por los liberales, incluyendo, por supuesto, las que habían minado el poder de la Iglesia. En el artículo primero de esta nueva Constitución, establecieron que Guatemala era un Estado “soberano, libre e independiente”; no obstante, en el artículo 10, se indicaba que el “pacto de unión que el Estado celebre con los demás de Centro América, ratificado que sea por su asamblea constituyente o su legislatura constitucional, será religiosamente cumplido, como parte de su ley fundamental”.
Entre otras de sus disposiciones importantes, reconocía la necesidad de proteger a los indígenas, declaraba inviolable la propiedad comunal o individual, prohibía la esclavitud y el trabajo forzoso sin pago alguno; aseguraba la libertad de opinión y de prensa, con la reserva de que esta última debía conformarse “a las leyes que deben reprimir los abusos de esta libertad”; se prohibía la tortura, se reconocían los derechos procesales de los acusados de cualquier delito, se aseguraba la independencia del Poder Judicial, se reconocía el derecho de habeas corpus -o de exhibición personal-, entre otros.
En resumen, aquel instrumento jurídico pretendía asegurar los derechos individuales pero, al mismo tiempo, organizar un gobierno que preservara los privilegios de la élite criolla, mientras calmaba las inquietudes campesinas.
5. Constitución de 1879
Tras la muerte de Carrera, no tardó demasiado en estallar la Revolución Liberal, ocurrida en 1871, liderada por los Generales Miguel García Granados y Justo Rufino Barrios –quienes llegaron a ocupar, en ese orden, la presidencia de la República.
Así pues, llegado este nuevo orden político, la anterior Constitución, de corte naturalmente conservador, fue derogada y, en 1875, Barrios convocó a elecciones para una nueva asamblea constituyente. Tras muchos problemas en dicha decisión, pues algunos miembros de la Asamblea veían en aquella decisión un disfraz para la actitud dictatorial de Barrios, éste, impaciente, convocó una nueva asamblea en 1878. Una verdadera élite intelectual constituyó temporalmente la clase política que fijaría las pautas constitucionales del país.
Entre los temas de discusión figurarán, de nuevo, la reestructuración de la patria centroamericana –que parecía obsesionar por esa época al General Barrios–, las relaciones de la Iglesia y el Estado –reconociendo la libertad de culto y la educación laica–, y la estructura del gobierno, especialmente centrada en la composición del Legislativo –que se estableció como una cámara única.
Se formó, así pues, una Constitución laica, centralista y sumaria, que reconocía la división de poderes de forma absoluta, pero fortalecía el poder del Ejecutivo, que funcionaría asesorado por un consejo de Estado sin carácter representativo. Fue reformada 8 veces en aspectos secundarios, que no modificaron su inspiración inicial, hasta que en 1945 fue sustituida por un nuevo texto, concluyendo así con la etapa del constitucionalismo republicano de inspiración liberal. Ha sido la Constitución más permanente de la historia de nuestro país.
6. Constitución de 1945
La Revolución de 1944 sacó al dictador Jorge Ubico del gobierno, intentando acabar así con una serie de regímenes despóticos. El ciudadano Jorge Toriello, íntimo colaborador de Arbenz más tarde, escribió a propósito de ésta: “forjó el derecho a opinar libremente, protegiendo la divulgación del pensamiento, condición indispensable para ejercer la democracia; instituyó constitucionalmente el repudio a la reelección…”
Debido a este acontecimiento, la Constitución vigente, de 1879 fue derogada el 28 de noviembre de 1944, y el 16 de diciembre del mismo año convocó a Asamblea Constituyente, que en menos de dos meses inauguró una nueva etapa en la vida constitucional de Guatemala.
Entre las principales atribuciones de la nueva Constitución se encuentra la limitación de los poderes presidenciales y, por lo tanto, la promoción de la descentralización administrativa. Entre sus novedades está el establecimiento del Presidente como Comandante General del Ejército, facultado para nombrar al Ministro de Defensa, en tanto que el Jefe de Fuerzas Armadas sería nombrado por el Congreso. Determinó, además, que el Ejército sería apolítico, obediente y no deliberante.
Reconoció la propiedad privada, condicionada por su función social; así pues, prohibió los latifundios y autorizó la expropiación forzosa por causa de utilidad pública o interés social –lo que dio pie, posteriormente, a la famosa Reforma Agraria de Arbenz. Reconoció, además, el derecho al sufragio de hombres alfabetos y analfabetos, y a la mujer alfabeta. Permitió la libre organización de partidos políticos, así como sindicatos; afirmó la libertad de imprenta y convalidó la autonomía municipal y universitaria.
En el ámbito económico social, sentó nuevos preceptos sobre las relaciones obrero-patronales; por ejemplo, el establecimiento del salario mínimo, los descansos laborales, las vacaciones remuneradas, el derecho a la huelga y al paro, el trabajo de las mujeres y menores de edad, la indemnización por despido injustificado, el acceso al régimen de seguridad social, etc.
Aunque esta Constitución no perduró por mucho tiempo en su texto formal, representó una de las grandes realizaciones democráticas de la Revolución de 1944.
7. Constitución de 1956
Desde 1954 –año en que se dio el golpe a Arbenz– hasta enero de 1986, el Ejército prácticamente controló los destinos del país, en forma casi absoluta. Para entonces, el panorama político del mundo estaba escindido entre las posturas comunistas y capitalistas, un conflicto que, en efecto, influyó en el ambiente político nacional, empezando con el golpe a Jacobo Arbenz por sus “tendencias comunistas” visibles en su Reforma Agraria. Después de dicho golpe, tomó el poder el coronel Carlos Castillo Armas.
Una de las primeras medidas de este coronel fue disolver el Congreso Nacional y derogar la Constitución de 1945. A raíz de este hecho, el nuevo régimen se reguló por medio de un Estatuto Político, el cual estuvo vigente hasta que se promulgó una nueva Constitución, en 1956.
La nueva Carta Magna se desarrolló bajo intensos esfuerzos por desarraigar toda influencia comunista. Se persiguió y encarceló a los partidarios, amigos y funcionarios del régimen anterior. Se disolvió la Confederación General de Trabajadores de Guatemala y se prohibió temporalmente toda actividad sindical y de partidos políticos que apoyaban al gobierno anterior. Se impidió, asimismo, la tenencia de libros considerados comunistas y la realización de propaganda del mismo carácter.
No obstante, se mantuvo una buena parte del aparato institucional previo. El IGSS se mantuvo en funcionamiento, y sus más altos funcionarios fueron nombrados por el Presidente. El Código de Trabajo fue modificado, con el propósito de utilizarlo como instrumento de conciliación entre obreros y patronos; esto, a la larga, llegó a anular la fuerza que el movimiento obrero había alcanzado en el decenio anterior. La Ley de Reforma Agraria fue derogada y se creó la Dirección General de Asuntos Agrarios.
8. Constitución de 1965
A la muerte de Castillo Armas, tomó el poder el General Miguel Ydígoras Fuentes. No obstante, la creciente paranoia anticomunista le llevó a romper relaciones con Cuba y a permitir a los Estados Unidos, de forma secreta, que entrenase un destacamento en Retalhuleu, el cual más tarde participaría en la infructuosa invasión de Bahía Cochinos, en dicha isla. Esto originó descontentos a nivel estudiantil y con otros grupos revolucionarios. Pronto, el mismo Ejército empezó a mostrarse molesto, pues se acusaba al gobierno de Ydígoras de corrupción. Llegado el momento de elecciones, Juan José Arévalo, que había estado en el exilio, reapareció en el escenario político como candidato, y esto lanzó un pistoletazo de alerta al sector militar. Dos días después, el Ejército, encabezado por el Coronel Peralta Azurdia, derrocó a Ydígoras Fuentes.
Durante el lapso que se inicia con la caída de Ydígoras Fuentes, y que cubre dos décadas de la historia política de Guatemala, se instalaron regímenes militares fuertes y represivos, que sólo utilizaron a los partidos políticos legalmente reconocidos y aceptados, como mera plataforma electoral. Cuando la sociedad comprendió los alcances de la acción militar, exigió el retorno al orden constitucional y democrático. Así, Peralta Azurdia convocó, de nuevo, una Asamblea Constitucional.
En este proceso quedaron al margen muchos actores políticos, incluyendo a la Universidad San Carlos y al partido de la Democracia Cristiana. Además, se registró un 70% de abstencionismo, circunstancia que evidenció la ilegitimidad de dicha Asamblea y la consecuente ley suprema a elaborar.
En esta Constitución, se reiteraba el carácter anticomunista del Estado guatemalteco. Se dio por terminado, además, el carácter laico de la Educación. En el sistema económico, a pesar de impulsar un sistema de producción capitalista, reconoce la función social de la propiedad. Si bien es considerada por expertos como la peor Constitución que ha tenido el país, tiene aspectos a reconocer; por ejemplo, en términos institucionales, fue ésta la que creó el cargo de Vicepresidente de la República, al cual asignó la función de presidir un Consejo de Estado con funciones asesoras y representación sectorial. Además, otorgó ciudadanía plena a la mujer al permitírsele el derecho al voto, sin importar si era alfabeta o no.
9. Constitución de 1985
Debido a una serie de fraudes políticos y abuso de poder, en 1982 el Ejército da un nuevo golpe de Estado al General Romeo Lucas García, y coloca en el poder al también General Efraín Ríos Montt. No obstante, en sólo un año de poder logró disgustar en sumo grado al pueblo guatemalteco.
En su calidad de ministro de la Iglesia Evangélica Verbo, Ríos Montt tomó una actitud moralizadora en todas las esferas del país. Además, mostró una política muy dura en contra de la guerrilla, la cual se conoce como “tierra arrasada”, que se tradujo en grandes masacres y desplazamiento de civiles; fortaleció también la estructura de las Patrullas de Autodefensa Civil (PAC) –creadas durante el régimen de Lucas García–, a las que se les adjudica un alto porcentaje de violaciones a los derechos humanos. Creó los “Tribunales de Fuero Especial”, que suponían una especie de jueces anónimos que, entre otras cosas, emitieron rápidamente sentencias de fusilamiento.
Por si esto fuera poco, el excesivo número de consejeros de la secta Verbo que aparecían en las dependencias del Estado, el deseo manifiesto de Ríos Montt por perpetuarse en el poder, la incapacidad de su gobierno para controlar una economía en franco deterioro, entre otros, llevaron al Alto Mando del Ejército a relevar al mandatario de dicho cargo.
Fue relevado por el General Mejía Víctores, quien buscó devolver el orden democrático. Así pues, en enero de 1984, el nuevo Tribunal Supremo Electoral, autónomo de la presidencia, convocó a elecciones para integrar una nueva Asamblea Nacional Constituyente, comicios en los que participó un 78% de la población con derecho a voto.
Instalada la Constituyente, ésta terminó sus labores en mayo de 1985. Entre su contenido contempló un régimen de propiedad que excluyó su función social, un énfasis especial para la preservación y defensa de los derechos humanos; la posibilidad de realizar una segunda vuelta electoral para facilitar la legitimidad de los gobernantes, la independencia del Tribunal Supremo Electoral; la creación de la Procuraduría de los Derechos Humanos y la figura del respectivo Procurador, el establecimiento de la Corte de Constitucionalidad, la creación de mecanismos de postulación y elección de magistrados del Organismo Judicial; la prohibición de la reelección presidencial y de la elección de personas que hayan participado en golpes de Estado, entre otros.
Esta Constitución es la que se encuentra vigente actualmente.
BIBLIOGRAFÍA
Historia Sinóptica de Guatemala, Ministerio de Educación de Guatemala, 2ª. Impresión, Guatemala, 1999
La Reforma Liberal en Guatemala. Vida política y orden constitucional, García Laguardia, Jorge Mario, 2ª. Ed., Universidad Nacional Autónoma de México, México, 1980
Compendio de Historia de Guatemala 1944-2000/Historia Política, ASIES, Guatemala, 2004
http://www.deguate.com/historia/article_546.shtml, “La Constitución Política de Guatemala”, 13 de Agosto de 2008
-------------------
Imagen: Arch in Antigua Guatemala by juan-arita
Nota: si alguna vez necesitan citar este blog, soy periodista en Prensa Libre. Trabajo en Revista D (y me pueden leer los domingos :P )
----------------------------
Guatemala, visto desde el punto de vista jurídico en el presente trabajo, es un terreno conflictivo. En nuestra historia, desde 1823 –año en que nos separamos de México para conformar la República Federal de Centroamérica, hemos tenido ocho constituciones –nueve, si contamos la de Cádiz, sobre la que detallaremos más adelante.
A continuación se presenta la trayectoria del constitucionalismo guatemalteco, fuertemente influenciado por la inestabilidad política que, lamentablemente, siempre nos ha caracterizado, sobre todo en el último siglo.
1. Constitución de Cádiz de 1812
Como bien sabemos, Guatemala, tras declarar su independencia de España en 1821, no tardó en unirse a México, que para entonces era un gran imperio. No obstante, apenas dos años después, el 2 de agosto de 1823, las Provincias Unidas de Centroamérica decidieron separarse del gigante mexicano y, por ende, se hizo necesario crear una un sistema constitucional propio. Mientras esto ocurría, la región siguió adoptando la Constitución Española de Cádiz, dictada en 1812.
2. Constitución de 1824
La primera Carta Magna de la nación federal independiente se aprobó, por la Asamblea Nacional, el 22 de noviembre de 1824. En las discusiones previas de rigor se dieron diversos conflictos entre bandos ideológicos, tales como los liberales y conservadores, los federalistas y centralistas, los capitalinos y los provincianos.
Las que se consideraban novedades en aquel documento fundamental, que en realidad no lo eran tanto puesto que tenían su punto de origen en la Constitución de Cádiz de 1812, principalmente, o en la de Estados Unidos de América, reflejaban precisamente aquellas disidencias entre los diputados, producto, a su vez, de las divergencias entre partidos y provincias.
La figura jurídica del Senado, por ejemplo, originó encendidas polémicas. Dicha institución, compuesta por 10 personas, con dos representantes por cada Estado, con poder de veto y otros mecanismos contralores sobre las funciones del Ejecutivo, se estimaba, por los liberales, como un punto de equilibrio, de atenuación del poder centralizado del Presidente. Los moderados, por el contrario, consideraban que el Senado era un órgano híbrido, que, por sus ambigüedades jurisdiccionales, podía causar interferencias y aun colisiones, en relación con las funciones de los tres organismos supremos del Estado.
La Constitución, a pesar de todo esto, fue muy bien recibida en general, y generó muchas expectativas, aún cuando fue ratificada por el primer Congreso Federal y no por la Asamblea Constituyente, como era rigor. Ahora bien, entre las aportaciones que pueden abonarse a esta última, merecen destacarse las siguientes: establecimiento de los símbolos de la nación, eliminación de los impuestos de corte colonial –en especial el tributo–, legislación en función de asegurar los derechos humanos; entre otros, se buscó también la promoción de tertulias patrióticas, la mejora de la situación marginal de los indígenas, la reorganización del gobierno municipal, la Constitución de milicias populares y civiles y, con especial mención, la aprobación del decreto de abolición de la esclavitud a propuesta del diputado Simeón Cañas –acción que puso a la República en delantera a la mayoría de países del mundo.
3. Sistema Constitucional de 1839 a 1871
La persistencia de fuerzas disociadoras llevó a la crisis que ocasionó la disolución de la Federación Centroamericana –que empezó en 1838, cuando el Congreso Federal declaró que los Estados eran libres de organizarse como mejor les conviniere, y acabó prácticamente con el fusilamiento de Morazán, su caudillo más fuerte, a 21 años de la proclamación de Independencia.
A partir de entonces, todos los Estados se vieron en la necesidad de organizar sus Estados individualmente. En Guatemala, el sistema constitucional se integró por las Leyes Constitutivas aprobadas en 1839 por una Asamblea Constituyente: la Ley Constitutiva del Poder Ejecutivo, la Ley Constitutiva del Supremo Poder Judicial y la Declaración de los Derechos del Estado y sus habitantes.
4. Constitución de 1851
Es éste el período de Rafael Carrera, emblemático líder conservador que impuso como dictador desde 1851 hasta 1865, año que murió. Aun antes de su victoria definitiva ante los liberales, los dirigentes de la élite conservadora, algunos de ellos vuelto de un exilio iniciado en 1829, convocaron una nueva Asamblea Constituyente. ´
Esta última estuvo integrada, en esta ocasión, en su mayoría por clérigos y sentó las bases del régimen conservador, que se prolongó por cuatro décadas. Se dejaron sin efecto todas las reformas introducidas anteriormente por los liberales, incluyendo, por supuesto, las que habían minado el poder de la Iglesia. En el artículo primero de esta nueva Constitución, establecieron que Guatemala era un Estado “soberano, libre e independiente”; no obstante, en el artículo 10, se indicaba que el “pacto de unión que el Estado celebre con los demás de Centro América, ratificado que sea por su asamblea constituyente o su legislatura constitucional, será religiosamente cumplido, como parte de su ley fundamental”.
Entre otras de sus disposiciones importantes, reconocía la necesidad de proteger a los indígenas, declaraba inviolable la propiedad comunal o individual, prohibía la esclavitud y el trabajo forzoso sin pago alguno; aseguraba la libertad de opinión y de prensa, con la reserva de que esta última debía conformarse “a las leyes que deben reprimir los abusos de esta libertad”; se prohibía la tortura, se reconocían los derechos procesales de los acusados de cualquier delito, se aseguraba la independencia del Poder Judicial, se reconocía el derecho de habeas corpus -o de exhibición personal-, entre otros.
En resumen, aquel instrumento jurídico pretendía asegurar los derechos individuales pero, al mismo tiempo, organizar un gobierno que preservara los privilegios de la élite criolla, mientras calmaba las inquietudes campesinas.
5. Constitución de 1879
Tras la muerte de Carrera, no tardó demasiado en estallar la Revolución Liberal, ocurrida en 1871, liderada por los Generales Miguel García Granados y Justo Rufino Barrios –quienes llegaron a ocupar, en ese orden, la presidencia de la República.
Así pues, llegado este nuevo orden político, la anterior Constitución, de corte naturalmente conservador, fue derogada y, en 1875, Barrios convocó a elecciones para una nueva asamblea constituyente. Tras muchos problemas en dicha decisión, pues algunos miembros de la Asamblea veían en aquella decisión un disfraz para la actitud dictatorial de Barrios, éste, impaciente, convocó una nueva asamblea en 1878. Una verdadera élite intelectual constituyó temporalmente la clase política que fijaría las pautas constitucionales del país.
Entre los temas de discusión figurarán, de nuevo, la reestructuración de la patria centroamericana –que parecía obsesionar por esa época al General Barrios–, las relaciones de la Iglesia y el Estado –reconociendo la libertad de culto y la educación laica–, y la estructura del gobierno, especialmente centrada en la composición del Legislativo –que se estableció como una cámara única.
Se formó, así pues, una Constitución laica, centralista y sumaria, que reconocía la división de poderes de forma absoluta, pero fortalecía el poder del Ejecutivo, que funcionaría asesorado por un consejo de Estado sin carácter representativo. Fue reformada 8 veces en aspectos secundarios, que no modificaron su inspiración inicial, hasta que en 1945 fue sustituida por un nuevo texto, concluyendo así con la etapa del constitucionalismo republicano de inspiración liberal. Ha sido la Constitución más permanente de la historia de nuestro país.
6. Constitución de 1945
La Revolución de 1944 sacó al dictador Jorge Ubico del gobierno, intentando acabar así con una serie de regímenes despóticos. El ciudadano Jorge Toriello, íntimo colaborador de Arbenz más tarde, escribió a propósito de ésta: “forjó el derecho a opinar libremente, protegiendo la divulgación del pensamiento, condición indispensable para ejercer la democracia; instituyó constitucionalmente el repudio a la reelección…”
Debido a este acontecimiento, la Constitución vigente, de 1879 fue derogada el 28 de noviembre de 1944, y el 16 de diciembre del mismo año convocó a Asamblea Constituyente, que en menos de dos meses inauguró una nueva etapa en la vida constitucional de Guatemala.
Entre las principales atribuciones de la nueva Constitución se encuentra la limitación de los poderes presidenciales y, por lo tanto, la promoción de la descentralización administrativa. Entre sus novedades está el establecimiento del Presidente como Comandante General del Ejército, facultado para nombrar al Ministro de Defensa, en tanto que el Jefe de Fuerzas Armadas sería nombrado por el Congreso. Determinó, además, que el Ejército sería apolítico, obediente y no deliberante.
Reconoció la propiedad privada, condicionada por su función social; así pues, prohibió los latifundios y autorizó la expropiación forzosa por causa de utilidad pública o interés social –lo que dio pie, posteriormente, a la famosa Reforma Agraria de Arbenz. Reconoció, además, el derecho al sufragio de hombres alfabetos y analfabetos, y a la mujer alfabeta. Permitió la libre organización de partidos políticos, así como sindicatos; afirmó la libertad de imprenta y convalidó la autonomía municipal y universitaria.
En el ámbito económico social, sentó nuevos preceptos sobre las relaciones obrero-patronales; por ejemplo, el establecimiento del salario mínimo, los descansos laborales, las vacaciones remuneradas, el derecho a la huelga y al paro, el trabajo de las mujeres y menores de edad, la indemnización por despido injustificado, el acceso al régimen de seguridad social, etc.
Aunque esta Constitución no perduró por mucho tiempo en su texto formal, representó una de las grandes realizaciones democráticas de la Revolución de 1944.
7. Constitución de 1956
Desde 1954 –año en que se dio el golpe a Arbenz– hasta enero de 1986, el Ejército prácticamente controló los destinos del país, en forma casi absoluta. Para entonces, el panorama político del mundo estaba escindido entre las posturas comunistas y capitalistas, un conflicto que, en efecto, influyó en el ambiente político nacional, empezando con el golpe a Jacobo Arbenz por sus “tendencias comunistas” visibles en su Reforma Agraria. Después de dicho golpe, tomó el poder el coronel Carlos Castillo Armas.
Una de las primeras medidas de este coronel fue disolver el Congreso Nacional y derogar la Constitución de 1945. A raíz de este hecho, el nuevo régimen se reguló por medio de un Estatuto Político, el cual estuvo vigente hasta que se promulgó una nueva Constitución, en 1956.
La nueva Carta Magna se desarrolló bajo intensos esfuerzos por desarraigar toda influencia comunista. Se persiguió y encarceló a los partidarios, amigos y funcionarios del régimen anterior. Se disolvió la Confederación General de Trabajadores de Guatemala y se prohibió temporalmente toda actividad sindical y de partidos políticos que apoyaban al gobierno anterior. Se impidió, asimismo, la tenencia de libros considerados comunistas y la realización de propaganda del mismo carácter.
No obstante, se mantuvo una buena parte del aparato institucional previo. El IGSS se mantuvo en funcionamiento, y sus más altos funcionarios fueron nombrados por el Presidente. El Código de Trabajo fue modificado, con el propósito de utilizarlo como instrumento de conciliación entre obreros y patronos; esto, a la larga, llegó a anular la fuerza que el movimiento obrero había alcanzado en el decenio anterior. La Ley de Reforma Agraria fue derogada y se creó la Dirección General de Asuntos Agrarios.
8. Constitución de 1965
A la muerte de Castillo Armas, tomó el poder el General Miguel Ydígoras Fuentes. No obstante, la creciente paranoia anticomunista le llevó a romper relaciones con Cuba y a permitir a los Estados Unidos, de forma secreta, que entrenase un destacamento en Retalhuleu, el cual más tarde participaría en la infructuosa invasión de Bahía Cochinos, en dicha isla. Esto originó descontentos a nivel estudiantil y con otros grupos revolucionarios. Pronto, el mismo Ejército empezó a mostrarse molesto, pues se acusaba al gobierno de Ydígoras de corrupción. Llegado el momento de elecciones, Juan José Arévalo, que había estado en el exilio, reapareció en el escenario político como candidato, y esto lanzó un pistoletazo de alerta al sector militar. Dos días después, el Ejército, encabezado por el Coronel Peralta Azurdia, derrocó a Ydígoras Fuentes.
Durante el lapso que se inicia con la caída de Ydígoras Fuentes, y que cubre dos décadas de la historia política de Guatemala, se instalaron regímenes militares fuertes y represivos, que sólo utilizaron a los partidos políticos legalmente reconocidos y aceptados, como mera plataforma electoral. Cuando la sociedad comprendió los alcances de la acción militar, exigió el retorno al orden constitucional y democrático. Así, Peralta Azurdia convocó, de nuevo, una Asamblea Constitucional.
En este proceso quedaron al margen muchos actores políticos, incluyendo a la Universidad San Carlos y al partido de la Democracia Cristiana. Además, se registró un 70% de abstencionismo, circunstancia que evidenció la ilegitimidad de dicha Asamblea y la consecuente ley suprema a elaborar.
En esta Constitución, se reiteraba el carácter anticomunista del Estado guatemalteco. Se dio por terminado, además, el carácter laico de la Educación. En el sistema económico, a pesar de impulsar un sistema de producción capitalista, reconoce la función social de la propiedad. Si bien es considerada por expertos como la peor Constitución que ha tenido el país, tiene aspectos a reconocer; por ejemplo, en términos institucionales, fue ésta la que creó el cargo de Vicepresidente de la República, al cual asignó la función de presidir un Consejo de Estado con funciones asesoras y representación sectorial. Además, otorgó ciudadanía plena a la mujer al permitírsele el derecho al voto, sin importar si era alfabeta o no.
9. Constitución de 1985
Debido a una serie de fraudes políticos y abuso de poder, en 1982 el Ejército da un nuevo golpe de Estado al General Romeo Lucas García, y coloca en el poder al también General Efraín Ríos Montt. No obstante, en sólo un año de poder logró disgustar en sumo grado al pueblo guatemalteco.
En su calidad de ministro de la Iglesia Evangélica Verbo, Ríos Montt tomó una actitud moralizadora en todas las esferas del país. Además, mostró una política muy dura en contra de la guerrilla, la cual se conoce como “tierra arrasada”, que se tradujo en grandes masacres y desplazamiento de civiles; fortaleció también la estructura de las Patrullas de Autodefensa Civil (PAC) –creadas durante el régimen de Lucas García–, a las que se les adjudica un alto porcentaje de violaciones a los derechos humanos. Creó los “Tribunales de Fuero Especial”, que suponían una especie de jueces anónimos que, entre otras cosas, emitieron rápidamente sentencias de fusilamiento.
Por si esto fuera poco, el excesivo número de consejeros de la secta Verbo que aparecían en las dependencias del Estado, el deseo manifiesto de Ríos Montt por perpetuarse en el poder, la incapacidad de su gobierno para controlar una economía en franco deterioro, entre otros, llevaron al Alto Mando del Ejército a relevar al mandatario de dicho cargo.
Fue relevado por el General Mejía Víctores, quien buscó devolver el orden democrático. Así pues, en enero de 1984, el nuevo Tribunal Supremo Electoral, autónomo de la presidencia, convocó a elecciones para integrar una nueva Asamblea Nacional Constituyente, comicios en los que participó un 78% de la población con derecho a voto.
Instalada la Constituyente, ésta terminó sus labores en mayo de 1985. Entre su contenido contempló un régimen de propiedad que excluyó su función social, un énfasis especial para la preservación y defensa de los derechos humanos; la posibilidad de realizar una segunda vuelta electoral para facilitar la legitimidad de los gobernantes, la independencia del Tribunal Supremo Electoral; la creación de la Procuraduría de los Derechos Humanos y la figura del respectivo Procurador, el establecimiento de la Corte de Constitucionalidad, la creación de mecanismos de postulación y elección de magistrados del Organismo Judicial; la prohibición de la reelección presidencial y de la elección de personas que hayan participado en golpes de Estado, entre otros.
Esta Constitución es la que se encuentra vigente actualmente.
BIBLIOGRAFÍA
Historia Sinóptica de Guatemala, Ministerio de Educación de Guatemala, 2ª. Impresión, Guatemala, 1999
La Reforma Liberal en Guatemala. Vida política y orden constitucional, García Laguardia, Jorge Mario, 2ª. Ed., Universidad Nacional Autónoma de México, México, 1980
Compendio de Historia de Guatemala 1944-2000/Historia Política, ASIES, Guatemala, 2004
http://www.deguate.com/historia/article_546.shtml, “La Constitución Política de Guatemala”, 13 de Agosto de 2008
-------------------
Imagen: Arch in Antigua Guatemala by juan-arita
Comentarios
Martín
Saludos
Rolando Díaz
mi correos e rolodiaz1964@gmail.com
Saludos mi correo es rolodiaz1964@gmail. como
Gracias de nuevo.